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Ingenieria Municipal


DIRECCIÓN DE INGENIERÍA MUNICIPAL


La Dirección de Ingeniería Municipal es la unidad encargada del control de la ejecución de las obras privadas. Así como planificar, ejecutar y asesorar al Poder Ejecutivo Municipal, en todo lo relacionado a la formulación del plan de Desarrollo Urbano Local, planes especiales y su desarrollo.


Misión

La Dirección de Ingeniería Municipal de la Alcaldía del Municipio Girardot, tiene como propósito controlar y proyectar el ordenamiento urbanístico de los diferentes sectores de la ciudad, para crear un espacio armónico y racional en el Municipio, tendiente a optimizar la calidad de vida de sus habitantes.


Visión

Ser una instancia eficiente, capaz de planificar, controlar, ordenar y proyectar el espacio urbano de la ciudad de Maracay, acorde con los standares nacionales e internacionales.


Objetivo General

La Dirección de Ingeniería Municipal es la Unidad encargada del control de la ejecución de las obras públicas y privadas, así como planificar, ejecutar y asesorar el Ejecutivo Municipal, en todo lo relacionado a la formulación del Plan de Desarrollo Urbano Local, Planes especiales y su desarrollo.




Objetivos Específicos

  • Participar en los trabajos relacionados con la planificación de obras publicas y privadas realizadas por entes públicos y privados en jurisdicción del Municipio Girardot

  • Recibir, evaluar, revisar y autorizar a ejecución de proyectos de construcciones, edificaciones y urbanizaciones, tanto públicos como privados, e igualmente para la emisión de constancias urbanísticas de adecuación a las variables fundamentales conforme a lo establecido en el Ordenamiento Urbanístico Municipal, Estadal y Nacional.

  • Inspeccionar y fiscalizar la ejecución de construcciones edificaciones y urbanizaciones de carácter público y privado, y dirigir los servicios de fiscalización a cargo de los profesionales competentes, de conformidad al Ordenamiento Jurídico vigente.

  • Suministrar a cualquier persona natural o jurídica, pública y privada, la información de carácter urbanístico general relacionada con la posibilidad de realizar proyectos de urbanizaciones, edificaciones construcciones en general.

  • Ejecutar las actividades referentes a los procedimientos de carácter urbanístico, conforme a lo dispuesto en la Ordenanza respectiva y el Ordenamiento jurídico aplicable.

  • Emitir las diferentes conformidades constataciones de uso como instrumento mediante el cual se controla el uso del suelo y de las construcciones en las zonas urbanas, actividades comerciales, de institutos educaciones, entre otros.

  • Promover la participación de la comunidad en el proceso de mejorar las prácticas y políticas de gestión urbana en ámbito local.

  • Coordinar las relaciones e informaciones de las Alcaldía con los organismos nacionales y estadales encargados de la formulación territorial y participar activamente en las reuniones de trabajo programadas por dichos organismos en los que deba participar la Alcaldía, de conformidad al Ordenamiento legal vigente.

  • Suministrar al Consejo Municipal o a sus Comisiones Permanentes, en el ejercicio de las facultades legales que les atribuye la Ley, la información urbanística que le fuere requerida a traes del Alcalde o Alcaldesa.

  • Emitir los dictamines y opiniones escritas referentes a la aplicación e interpretación del ordenamiento jurídico en materia urbanística, así como sobre los planes urbanísticos del Municipio Girardot.

  • Coordinar los proyectos de ordenanzas y reglamentos urbanísticos que le sean requeridos por el Alcalde o Alcaldesa en conjunto con las demás direcciones involucradas.

  • Suministrar directamente a las direcciones que así lo requieran información de carácter urbanístico.

  • Participar en los proyectos referentes a la demarcación de nuevas parroquias y definiciones de ámbitos espaciales, de acuerdo al ordenamiento jurídico correspondiente.

  • Requerir a los organismos o entes Nacionales o del Estado Aragua precisiones aclaratorias con respecto a la instrumentación de los planes urbanísticos aplicables al Municipio.

  • Coordinar y supervisar los contratos celebrados por el Municipio para la elaboración de Planes Urbanísticos.

  • Reglamentar las condiciones de desarrollo de las edificaciones de arquitectura colonial tradicional y popular existentes en el Municipio, con el debido asesoramiento de los entes nacionales, estadales y locales competentes en la materia.

  • Garantizar el cumplimiento del Ordenamiento legal destinado a valorar y preservar las características arquitectónicas y urbanísticas representativas de los valores del Municipio.

  • Las demás que le asigne el Alcalde o Alcaldesa o el Director o Directora general y la que establezca el ordenamiento legal y vigente.


Puche Lorena

Directora


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