Oficina Rectora  de la Administración Financiera de la Hacienda Pública del Municipio Girardot - ORAF

Definición
Es el órgano consultivo y de asesoría técnica del Alcalde, equipo central de gobierno, órganos y entes del ejecutivo, en relación al sistema administrativo de planificación y control de la Hacienda Pública Municipal , ejerce la rectoría técnica de la administración financiera.

Objetivo
Ser la Oficina Rectora, responsable de brindar asistencia y asesoría técnica al Alcalde en el marco de la dirección de la Administración Financiera de la Hacienda Pública del Municipio Girardot, ejercida de forma planificada con las máximas autoridades, directores y gerentes de los órganos y entes descentralizados funcionalmente, con arreglo a los principios de centralización normativa y descentralización operativa, y de manera coordinada con el sistema de información SAMI (Sistema Administrativo Municipal Integrado) en lo concerniente a las normas y procedimientos que regulan el Sistema de Administración Financiera del Sector Público y la metodología uniforme utilizada conforme a los lineamientos establecidos por cada órgano rector de dicho sistema.

Meta
Ser un centro de referencia a favor de los municipios, para la gestión de los sistemas que conforman la Administración Financiera de la Hacienda Pública Municipal: bienes municipales, planificación, presupuesto, tesorería, contabilidad y tributario , así como el sistema de compras y contrataciones y bienes públicos regulados por leyes especiales.

Atribuciones

  1. Asesorar al Alcalde o la Alcaldesa en la formulación de la política fiscal y financiera del Municipio Girardot, en concordancia con la formulación de la política fiscal y financiera de la República y del Estado Aragua;
  2. Diseñar e implementar políticas, criterios, lineamientos, macroprocesos, planes maestros, programas, proyectos y actividades particulares sobre la administración financiera y endeudamiento municipal que orienten las finanzas municipales, en coordinación con las autoridades competentes;
  3. Coordinar la elaboración de estudios de finanzas municipales (recursos, egresos y transferencias);
  4. Desarrollar indicadores de sostenibilidad financiera y fiscal en el ámbito municipal;
  5. Diseñar e implementar lineamientos que orienten la acción del Municipio Girardot del Estado Aragua en el desarrollo de sus finanzas municipales;
  6. Brindar asistencia técnica a las máximas autoridades, directores y gerentes de los órganos superiores del nivel central, órganos desconcentrados y entes descentralizados del ejecutivo del Municipio Girardot, en materia de administración financiera y endeudamiento municipal;
  7. Participar en la elaboración de los análisis, estimaciones y proyecciones necesarias en materia de finanzas municipales, para la elaboración del programa macroeconómico del sector público;
  8. Analizar de forma permanente la situación operacional, fiscal y financiera del Municipio Girardot, su nivel de endeudamiento y su capacidad de pago;
  9. Consolidar y analizar la información financiera de los órganos y entes descentralizados funcionalmente del Municipio Girardot, para integrarla a la información del resto del sector público;
  10. Implementar sistemas estadísticos e instrumentos de monitoreo y evaluación de la información relacionada con las finanzas municipales, el funcionamiento y endeudamiento municipal;
  11. Asesorar y capacitar al personal de los órganos y entes descentralizados funcionalmente del Municipio Girardot en lo relatico a la aplicación de las normas y procedimientos de la administración financiera del Estado, en coordinación con la demás dependencias con función rectora de la administración financiera del Estado;
  12. Brindar asistencia técnica a los órganos y entes descentralizados funcionalmente del Municipio Girardot en lo concerniente al registro de sus transacciones económico-financieras, de acuerdo con metodología presupuestaria uniforme utilizada por el sector público.
  13. Brindar asistencia técnica al personal de las unidades de administración financiera de los órganos y entes descentralizados funcionalmente del Municipio Girardot, en lo relativo a la operación de los sistemas para el registro y control de las transacciones financieras, económicas, de gestión de sus operaciones y de realizaciones físicas, acorde a sus propias características;
  14. Diseñar, implementar y dirigir programas de fortalecimiento fiscal, financiero e institucional a los órganos y entes descentralizados funcionalmente del Municipio Girardot.
  15. Diseñar, implementar y coordinar programas de saneamiento fiscal, financiero e institucional a los órganos y entes descentralizados funcionalmente del Municipio Girardot orientadas a restablecer su capacidad fiscal y financiera;
  16. Diseñar, implementar y coordinar sistemas de monitoreo, seguimiento, control y evaluación sobre la ejecución y la calidad del gasto público municipal, financiado con cargo a transferencias o aportes municipales.
  17. Coordinar las políticas y estrategias en el tema de administración financiera y endeudamiento municipal con los órganos rectores del sistema de administración financiera del sector público.
  18. Participar en las reuniones de asesoría y apoyo técnico de la Administración Financiera de la Hacienda Pública Municipal que estime el Alcalde;
  19. Dirigir el Comité Técnico del Sistema Administrativo Municipal Integrado – SAMI.
  20. Desarrollar otras funciones que sean asignadas por el ordenamiento jurídico y el Alcalde o la Alcaldesa, en el ámbito de sus atribuciones.
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