Control Fiscal, al que le corresponde ejercer el control y vigilancia de los ingresos, gastos y bienes públicos, así como las operaciones relativas a los mismos, cuya actuación principal se orienta al ejercicio del control posterior en el ámbito interno de cada órqano o ente a los que incumbe el ejercicio del Poder Público Municipal.
La Unidad de Auditoria Interna en la Alcaldía, pertenece al nivel estratégico y ettá adscrita al Despacho del Alcalde, Alcaldesa y debe asegurársele el mayor grado de independencia dentro de la . rganización a fin de garantizar la bjetividad e imparcialidad en sus actuaciones.
Las funciones y responsabilidades de la unidad de auditoria interna deben ser definidas formalmente mediante instrumento normativo municipal; así mismo actuará bajo la dirección y responsabilidad del auditor interno o auditora interna, designado según los resultados del concurso público, previsto en la normativa dictada a tal efecto por la Contraloría General de la República. En la Alcaldía será designado o designada por el Alcalde o Alcaldesa. En los entes escentralizados, el auditor interno o auditora interna será designado por la Junta Directiva, Directorio o quien haga las veces de máxima autoridad jerárquica, de acuerdo con el régimen jurídico que le sea aplicable.